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La reforma incorpora por primera vez la definición de usuario vulnerable y nuevas medidas de protección para peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal
El subdelegado del Gobierno en Granada, José Antonio Montilla, y el jefe provincial de Tráfico, Juan Diego Ramírez, han presentado hoy las principales novedades del Reglamento General de Circulación, cuyas modificaciones entran en vigor hoy, 1 de octubre, tras su aprobación mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio.
La reforma tiene como objetivo prioritario reforzar la seguridad de los usuarios más vulnerables y adaptar la normativa a la transformación experimentada por la movilidad durante las últimas décadas, situando a las personas y sus diferentes formas de desplazarse en el centro de las políticas de seguridad vial.
En Granada, los usuarios vulnerables representan el 58,33% de las víctimas mortales registradas en 2026, con siete de los 12 fallecidos. En 2025 fueron 15 los usuarios vulnerables fallecidos representando el 48,39% de las 31 víctimas mortales contabilizadas.
Entre los siete usuarios vulnerables fallecidos en 2026 se encuentran cuatro motoristas, dos peatones y un ciclista. En 2025 fueron seis motoristas, cuatro usuarios de ciclomotor, tres peatones y dos ciclistas. Estos datos ponen de manifiesto el importante peso que estos colectivos mantienen en la siniestralidad vial y refuerzan la necesidad de avanzar en medidas específicas de protección.
“Usuario vulnerable de la vía”
Por primera vez, el Reglamento recoge la definición formal de “usuario vulnerable de la vía”, referida tanto al medio de desplazamiento como a las características físicas y de edad de quienes tienen mayor riesgo de sufrir lesiones en un siniestro de tráfico o que sean de más gravedad. En esta categoría se incluyen los peatones -con especial atención a los menores y a las personas mayores o con discapacidad-, pero también ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) y conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.
El otro eje fundamental de la reforma es la movilidad segura y sostenible en el ámbito urbano, que se materializa con la incorporación al Reglamento del título VI, dedicado a las normas de circulación específicas en zonas urbanas.
Con estos cambios, la normativa se adapta a la creciente presencia de usuarios vulnerables y busca facilitar la convivencia entre distintos modos de desplazamiento. Además, tiene en cuenta que todos podemos ser vulnerables en algún momento por el medio de transporte que utilizamos o porque la edad o las circunstancias personales aumentan exposición al riesgo o la gravedad de las lesiones que podemos sufrir en caso de siniestro.
Asimismo, se alinea con los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, aprobada por la ONU en 2015, especialmente en ámbitos como la salud y el bienestar, la apuesta por una energía asequible y no contaminante, el desarrollo de ciudades y comunidades sostenibles y la acción por el clima, entre otros.
PRINCIPALES NOVEDADES
Vehículos de movilidad personal (VMP)
Bicicletas
Reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.
Mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.
Cambiar completamente de carril cuando la calzada tenga más de un carril por sentido.
En vías urbanas:
· Circular preferentemente por el centro del carril.
Distancia de seguridad mínima de 5 metros entre vehículos a motor y ciclistas que circulen delante por el mismo carril.
· Posibilidad de circular en ambos sentidos en calles de un único carril con velocidad máxima de 30 km/h.
Motocicletas y ciclomotores
Usos profesionales (Riders)
Peatones
Circulación con nieve y carriles de emergencia
Otras modificaciones