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Motril: 557 familias podrán beneficiarse de bonificaciones de hasta el 90% en el IBI en función de la renta e ingresos brutos

Por redacción MotrilDigital - 8 de enero de 2026Actualizado: 8 de enero de 2026

 El Ayuntamiento de Motril, a través de su área encargada de Economía, ha informado sobre la apertura del periodo para solicitar al consistorio la bonificación del Impuesto sobre Bienes e Inmuebles (IBI) para aquellas familias numerosas empadronadas en Motril.

El Impuesto sobre Bienes e Inmuebles (IBI) es aquel impuesto municipal que grava la titularidad de determinados derechos sobre bienes inmuebles, tanto rústicos como urbanos, así como los inmuebles de características especiales. Durante el ejercicio anterior correspondiente al año 2025, desde el Ayuntamiento de Motril se bonificaron a un total de 557 familias motrileñas, un hecho que supone un alivio económico para los hogares con mayores cargas.

La bonificación de este impuesto se determina conforme al umbral de renta e ingresos brutos de la unidad familiar, pudiendo alcanzarse hasta el 90% de la bonificación, en función del umbral de renta e ingresos brutos correspondiente a cada familia.

Aquellas personas interesadas en recibir esta bonificación deberán presentar la solicitud en el modelo establecido al efecto por el Ayuntamiento, debidamente cumplimentada, donde se hará constar la referencia catastral del inmueble sobre el que se solicita la bonificación, o en su defecto, fotocopia del último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, antes del 30 de abril del período impositivo para el que se solicita que surta efectos.

Además, los sujetos del impuesto deben ostentar la condición de titulares de familia numerosa en el momento del devengo (1 de enero), que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en el municipio de Motril durante todo el periodo para el que se haya solicitado la bonificación y que el inmueble para el que se solicite la bonificación constituya el domicilio habitual.

Las solicitudes para esta bonificación pueden presentarse a través de la sede electrónica (https://sede.motril.es), presencialmente en la Oficina de Atención al Contribuyente, en las oficinas de registro y en las de los distritos, así como a través de los medios establecidos legalmente.